¿Te lesionaste en el trabajo en Nueva York y no sabes qué hacer? Aquí tienes abogados que atienden en español y lo primero que debes saber: avisa a tu empleador dentro de 30 días y presenta tu reclamo ante la Junta de Compensación (WCB) dentro de 2 años. Tu estatus migratorio no es un requisito legal para calificar. Abajo tienes despachos con consulta gratis.
Estas reglas son de Nueva York y pueden cambiar; confirma tu caso con un abogado. Actualizado: julio de 2026.
Tienes 30 días desde el accidente para avisar por escrito a tu empleador (WCL §18), y 2 años desde el accidente para presentar tu reclamo formal ante la Junta de Compensación (WCB) con el Formulario C-3 (WCL §28). Los dos plazos importan por separado.
La ley que define quién califica como empleado (WCL §2) no exige estatus migratorio ni número de seguro social. La Junta de Compensación (WCB) también ha anunciado protecciones para evitar que el estatus migratorio se use como amenaza contra quienes reclaman sus derechos.
El honorario lo aprueba un juez de la Junta de Compensación, normalmente entre 10% y 15% de lo que recuperes. No pagas nada por adelantado, y muchos abogados ofrecen la primera consulta gratis.
Tu empleador no puede impedirte reclamar ni tomar represalias por hacerlo. Si no reporta el accidente o te presiona para que no reclames, un abogado puede ayudarte a presentar el reclamo directamente ante la WCB dentro de tu plazo de 2 años.
Aviso: Ley Consulta es un directorio informativo. No recomendamos ni respaldamos a ningún abogado. Verifica la licencia de cualquier abogado en el colegio de abogados de Nueva York.